Cómo reclamar a AEDAS Homes por defectos de construcción: lo que ampara la Ley de Ordenación de la Edificación
Cómo reclamar a AEDAS Homes por defectos de construcción: lo que ampara la Ley de Ordenación de la Edificación
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Adquirir vivienda nueva sobre plano no obliga a asumir cualquier defecto que aparezca después. La LOE fija plazos de garantía que la promotora debe respetar, más largos de lo que suele pensarse.
Los plazos son tres: un año para los defectos de acabado, tres años para los que comprometen la habitabilidad, como humedades, aislamiento o web instalaciones y diez años para los que comprometen la estructura. Se cuentan desde la recepción de la obra, y no desde que cada comprador recibe las llaves.
El procedimiento habitual arranca siempre documentando: un informe pericial que identifique el defecto, su causa y su coste de reparación. Sin ese informe no hay nada que sostener ante la promotora ni ante un juez.
Después llega la reclamación extrajudicial, dirigida a la promotora y al resto de agentes de la edificación que corresponda. Una parte se cierra en esa fase; cuando no hay acuerdo, siguen en los tribunales apoyados en ese mismo dictamen.
En promociones grandes la reclamación conjunta de la comunidad de propietarios suele ser más eficaz y distribuye los costes técnicos entre todos los afectados.
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